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Audición y exposición

Esta sección conecta tres magnitudes que la regulación trata como una sola historia: dónde se sitúa el umbral de audición de una población, cómo se mide la exposición laboral al ruido, y cómo esa exposición desplaza el umbral de forma permanente a lo largo de una vida de trabajo.

Umbral de audición (edad y cero de referencia) establece la línea base. ISO 7029:2017 da la distribución estadística del umbral de audición con la edad para una población otológicamente normal: la pérdida lenta, que empieza por las altas frecuencias, de la presbiacusia, desglosada por edad, sexo y fractil de población. ISO 389-7:2005 fija el otro extremo de la escala: el umbral de referencia de audición, el nivel de presión acústica físico al que corresponde el 0 dB HL audiométrico en escucha de campo libre y campo difuso.

Exposición al ruido en el trabajo (ISO 9612) mide la causa. El nivel de exposición diario regulado LEX,8h se ensambla a partir de muestras de una jornada real por una de tres estrategias (por tareas, basada en la función o de jornada completa), y se declara con el presupuesto de incertidumbre normativo del Anexo C y su límite superior unilateral al 95 %, que es lo que un higienista compara realmente con los valores de acción.

Pérdida auditiva inducida por ruido (ISO 1999) predice el efecto. A partir del nivel y la duración de la exposición da el desplazamiento permanente del umbral inducido por ruido (NIPTS) con su dispersión poblacional, concentrado en la característica muesca de 4 kHz, y lo combina con la componente de edad de ISO 7029 en el nivel de umbral de audición asociado a edad y ruido (HTLAN): la magnitud con la que se estima el hándicap auditivo y el riesgo de compensación en una población expuesta.

Lee primero la página del umbral, después ISO 9612 y después ISO 1999: línea base, exposición, daño. Así la cadena queda explícita: ISO 9612 produce el LEX,8h que ISO 1999 consume, e ISO 1999 se apoya en la estadística de ISO 7029. Las consecuencias perceptivas de un umbral desplazado, como la pérdida de inteligibilidad, las recoge el SII en la sección de habla.

Tres páginas, tres decibelios distintos, y mantenerlos separados es casi todo el trabajo. Un nivel de umbral de audición va en dB HL, medido respecto al cero audiométrico, de modo que 0 dB HL es una presión acústica distinta en cada frecuencia: exactamente lo que tabula ISO 389-7. Un nivel de exposición diario va en decibelios ponderados A normalizados a ocho horas, una dosis energética del sonido fuera del oído, sin oyente dentro. Un desplazamiento del umbral es una diferencia entre dos valores en dB HL, así que puede sumarse a un nivel de audición y nunca a un nivel de presión acústica. La cadena entre ellos discurre en un solo sentido: ISO 9612 entrega un único LEX,8h ponderado A a las fórmulas de ISO 1999, que devuelven dB HL. El único puente de vuelta del nivel de audición a la presión acústica física es el umbral de referencia de ISO 389-7 de la página del umbral, que es además lo que necesita el SII cuando se usa un umbral elevado como entrada.

En el orden en que discurre la cadena.

  • Nada de lo que hay aquí es un veredicto sobre una persona. ISO 1999 no define un hándicap auditivo ni un umbral indemnizable: esa línea la fija la regulación nacional, y la biblioteca no aplica ninguna, así que el criterio lo aportas y lo compruebas tú. El lado de la exposición se detiene un paso más tarde: el LEX,8h y su límite superior unilateral al 95 % salen de ISO 9612, y la ficha que escribe ExposureResult.report() sí compara el LEX,8h con los valores de acción y el valor límite de la Directiva 2003/10/CE (80, 85 y 87 dB(A)) y emite el veredicto CUMPLE/NO CUMPLE frente al valor límite; pero ese veredicto juzga una exposición sin protección, no a una persona: la exposición efectiva tras los protectores auditivos y cualquier transposición nacional más estricta siguen corriendo de tu cuenta.

  • Dos límites de implementación siguen a las normas. De ISO 1999 solo está implementada la base de datos A: htlan toma siempre su componente de edad de ISO 7029:2017, y sustituirla por una población de control medida nacionalmente (apartados 6.2.3 y 6.2.4) obliga a calcular esa base de datos fuera y pasarla. De ISO 389-7 solo están implementados los valores de referencia de la Tabla 1, no los procedimientos con los que se establecieron.

  • Y aquí no se hace audiometría. Nada genera un tono de prueba, gobierna un audiómetro ni corrige por el acoplador de un auricular: las páginas consumen y producen niveles de umbral como datos.