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Esta sección conecta tres magnitudes que la regulación trata como una sola
historia: dónde se sitúa el **umbral de audición** de una población, cómo se
mide la **exposición laboral al ruido**, y cómo esa exposición **desplaza el
umbral** de forma permanente a lo largo de una vida de trabajo.

[Umbral de audición (edad y cero de
referencia)](/phonometry/es/perception/hearing/hearing-threshold/)
establece la línea base. **ISO 7029:2017** da la distribución estadística del
umbral de audición con la edad para una población otológicamente normal: la
pérdida lenta, que empieza por las altas frecuencias, de la presbiacusia,
desglosada por edad, sexo y fractil de población. **ISO 389-7:2005** fija el
otro extremo de la escala: el umbral de referencia de audición, el nivel de
presión acústica físico al que corresponde el 0 dB HL audiométrico en escucha
de campo libre y campo difuso.

[Exposición al ruido en el trabajo (ISO 9612)](/phonometry/es/perception/hearing/occupational-exposure/)
mide la causa. El nivel de exposición diario regulado LEX,8h se ensambla a
partir de muestras de una jornada real por una de tres estrategias (por
tareas, basada en la función o de jornada completa), y se declara con el presupuesto de
incertidumbre normativo del Anexo C y su límite superior unilateral al 95 %,
que es lo que un higienista compara realmente con los valores de acción.

[Pérdida auditiva inducida por ruido (ISO 1999)](/phonometry/es/perception/hearing/noise-induced-hearing-loss/)
predice el efecto. A partir del nivel y la duración de la exposición da el
desplazamiento permanente del umbral inducido por ruido (NIPTS) con su
dispersión poblacional, concentrado en la característica muesca de 4 kHz, y
lo combina con la componente de edad de ISO 7029 en el nivel de umbral de
audición asociado a edad y ruido (HTLAN): la magnitud con la que se estima el
hándicap auditivo y el riesgo de compensación en una población expuesta.

Lee primero la página del umbral, después ISO 9612 y después ISO 1999: línea
base, exposición, daño. Así la cadena queda explícita: ISO 9612 produce el
LEX,8h que ISO 1999 consume, e ISO 1999 se apoya en la estadística de
ISO 7029. Las consecuencias perceptivas de un
umbral desplazado, como la pérdida de inteligibilidad, las recoge el SII en
la [sección de habla](/phonometry/es/perception/speech/).

**Tres páginas, tres decibelios distintos**, y mantenerlos separados es casi
todo el trabajo. Un **nivel de umbral de audición** va en dB HL, medido
respecto al cero audiométrico, de modo que 0 dB HL es una presión acústica
*distinta* en cada frecuencia: exactamente lo que tabula ISO 389-7. Un **nivel
de exposición diario** va en decibelios ponderados A normalizados a ocho horas,
una dosis energética del sonido fuera del oído, sin oyente dentro. Un
**desplazamiento del umbral** es una diferencia entre dos valores en dB HL, así
que puede sumarse a un nivel de audición y nunca a un nivel de presión
acústica. La cadena entre ellos discurre en un solo sentido: ISO 9612 entrega
un único LEX,8h ponderado A a las fórmulas de ISO 1999, que devuelven dB HL. El
único puente de vuelta del nivel de audición a la presión acústica física es el
umbral de referencia de ISO 389-7 de la página del umbral, que es además lo que
necesita el SII cuando se usa un umbral elevado como entrada.

## Páginas de esta sección

En el orden en que discurre la cadena.

- **Línea base**: [Umbral de audición (edad y cero de referencia)](/phonometry/es/perception/hearing/hearing-threshold/):
  la distribución del umbral con la edad de ISO 7029:2017 y el umbral de
  referencia de ISO 389-7:2005.
- **Exposición**: [Exposición al ruido en el trabajo (ISO 9612)](/phonometry/es/perception/hearing/occupational-exposure/):
  las tres estrategias de medición para LEX,8h con el presupuesto de
  incertidumbre del Anexo C.
- **Daño**: [Pérdida auditiva inducida por ruido (ISO 1999)](/phonometry/es/perception/hearing/noise-induced-hearing-loss/):
  el NIPTS y su distribución poblacional, y la combinación con la edad en el
  HTLAN.

## Qué no cubre esta sección

**Nada de lo que hay aquí es un veredicto sobre una persona.** ISO 1999 no
define un hándicap auditivo ni un umbral indemnizable: esa línea la fija la
regulación nacional, y la biblioteca no aplica ninguna, así que el criterio lo
aportas y lo compruebas tú. El lado de la exposición se detiene un paso más
tarde: el LEX,8h y su límite superior unilateral al 95 % salen de ISO 9612, y
la ficha que escribe `ExposureResult.report()` sí compara el LEX,8h con los
valores de acción y el valor límite de la Directiva 2003/10/CE (80, 85 y
87 dB(A)) y emite el veredicto CUMPLE/NO CUMPLE frente al valor límite; pero
ese veredicto juzga una exposición sin protección, no a una persona: la
exposición efectiva tras los protectores auditivos y cualquier transposición
nacional más estricta siguen corriendo de tu cuenta.

Dos límites de implementación siguen a las normas. De ISO 1999 solo está
implementada la **base de datos A**: `htlan` toma siempre su componente de
edad de ISO 7029:2017, y sustituirla por una población de control medida
nacionalmente (apartados 6.2.3 y 6.2.4) obliga a calcular esa base de datos
fuera y pasarla. De ISO 389-7 solo están implementados los valores de
referencia de la Tabla 1, no los procedimientos con los que se establecieron.

Y aquí no se hace audiometría. Nada genera un tono de prueba, gobierna un
audiómetro ni corrige por el acoplador de un auricular: las páginas consumen y
producen niveles de umbral como datos.
